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La escuela detecta que tiene un niño/a con necesidades educativas especiales. El EAP (Los EAP son equipos de asesoramiento y orientación psicopedagógica que dan apoyo al profesorado y a los centros educativos en la respuesta a la diversidad del alumnado y con relación a los alumnos que presentan necesidades educativas especiales, así como a sus familias) le hace un informe de valoración psicopedagógico, con el consentimiento de los padres o tutores.

Una vez hecho el informe, si se considera que el niño o la niña necesita apoyo, la escuela conjuntamente con el EAP y el consentimiento de los padres hace la demanda a los Servicios Territoriales de Educación correspondientes.

Estos servicios territoriales en función de la demanda hecha y de las horas que tienen dan en la escuela el número de horas que creen adecuadas para cubrir las necesidades del niño o niña si lo ven oportuno.

A partir de aquí, Servicios Territoriales lo comunica a la empresa que gestiona los/las veladores y esta se pone en contacto con la escuela para buscar al profesional más adecuado.
Hay que tener en cuenta que un mismo velador/a puede tener a su cargo más de un niño siempre y cuando no se solapen los horarios de los ninos/as. Las familias tienen que dar su consentimiento para que su hijo/a tenga un velador o una veladora.