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Presentamos una actualización sobre la situación del borrador de reforma de la CUME y su impacto en las familias con niños/as con diabetes.

¿Qué es la CUME?

Es la prestación económica que reciben los progenitores que reducen su jornada laboral para el cuidado de forma directa, continua y permanente de un hijo o hija con una enfermedad grave, como la diabetes tipo 1.

¿Qué ha pasado?

El 16 de junio de 2026, el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones publicó un nuevo borrador CUME para sustituir a la normativa actual. La ADC y otras entidades consideramos que, a pesar de plantear algunas mejoras, el texto introduce barreras que podrían perjudicar seriamente a las familias.

¿Qué cambia con este borrador?

La reforma CUME incluye aspectos positivos iniciales, como la ampliación de los plazos de las prórrogas (que pasarían de ser cada 1-4 meses a períodos de 4, 6 y 8 meses) y el reconocimiento de la enfermedad grave atendida en el domicilio sin necesidad de ingreso hospitalario previo. Sin embargo, se han detectado los siguientes riesgos críticos para la diabetes:

Criterios excesivamente clínicos: Se valora el cuidado según la complejidad hospitalaria (como diálisis o ventilación), ignorando que el control diario de la glucemia y la administración de insulina requieren una vigilancia permanente a pesar de no ser «terapias hospitalarias».

Criterio escolar:La consideración del horario escolar por conceder o renovar la prestación. Las mutuas podrían utilizar la escolarización para alegar que el niño está cuidado por el centro, ignorando que la diabetes no entiende de horarios lectivos.

Exigencia de especialistas:La exigencia de que las renovaciones de la prestación sean firmadas por facultativos especialistas que no pertenezcan a la Atención Primaria, una restricción injustificada que dificulta las gestiones.

Limitaciones por formación: Se podría extinguir la prestación en situaciones de prácticas formativas o actividades no remuneradas del beneficiario o del niño.

Situación del segundo progenitor:La ayuda finalizaría si el otro progenitor entra en situación de gran invalidez, incapacidad permanente o jubilación por enfermedad, aunque situaciones como esta suelen aumentar la necesidad de apoyo familiar.

Carecimiento de protección múltiple: No se incluyen medidas para familias con más de un hijo con necesidades de cuidados especiales.

¿Qué estamos haciendo desde la ADC?

La ADC y diversas asociaciones afectadas consideramos que estas medidas pueden provocar una reducción masiva de las prestaciones y agravar el riesgo de exclusión social y laboral de miles de familias. También que se menosprecia el valor social, económico y sanitario de los cuidados que proporcionan las familias, las cuales contribuyen decisivamente a prevenir hospitalizaciones y complicaciones de salud. Por todo ello, el ADC reclama una normativa más realista y ajustada a la realidad.

Desde la ADC nos hemos adherido al rechazo del borrador impulsado por ASFACUME y presentamos alegaciones a FEDE, entidad a la que estamos afiliados y que actúa como interlocutora directa ante la Administración Estatal.

Paralelamente, hemos enviado una nota de prensa exponiendo nuestra posición a los medios de comunicación y tomando nota de los casos de familias afectadas para su seguimiento. Además, el próximo miércoles 1 de julio nos reuniremos junto a otras asociaciones afectadas en el Parlament de Catalunya con los portavoces de Derechos Sociales de los diferentes grupos parlamentarios para trasladarles directamente nuestras preocupaciones.

Siguientes pasos:

El Ministerio ha anunciado que modificará el borrador para reforzar la prestación después de las alegaciones recibidas. Si las medidas se aprobaran definitivamente, las asociaciones pueden interponer un recurso directo ante el Tribunal Supremo en un plazo de 2 meses desde la publicación del BOE.

El plazo de alegaciones oficial ya se ha cerrado y FEDE (ADC incluida) ha presentado más de 300 casos, pero es fundamental conocer los mecanismos de defensa si su situación se ve afectada. Desde la ADC te explicamos qué hacer si le deniegan o extinguen la prestación:

  • Trámite de audiencia: Disponeis de un plazo de 10 días para presentar su reclamación.
  • Vía legal: Posteriormente, podriais presentar una reclamación previa y, si es necesario, acudir a los juzgados de lo social.
  • Reclamaciones paralelas: Recomendamos realizar una reclamación al Síndic de Greuges ya la entidad gestora, hospital o mutua. Desde el ADC le proporcionamos una plantilla específica:

Rogamos que, en los casos en que se haya denegado la prestación, si presenta una queja, haga constar su caso a la asociación enviando un correo a queixes@adc.cat una vez hayan recibido respuesta por parte de las instituciones (nos interesa la respuesta). Esto nos permitirá realizar un seguimiento de los casos abiertos y seguir defendiendo los derechos de las familias con niños/niñas con diabetes tipo 1.